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lunes, 24 de agosto de 2015

Tercer aniversario


Hoy día 24 de agosto, hace precisamente tres años que empecé a escribir este blog. Desde aquí, quiero dar las gracias a todos los que alguna vez habéis leído y comentado alguna de las entradas. ¡Sin vosotros nada de esto sería posible!





Atardecer en la playa del Palmar (Cadiz)



"Nuestro destino nunca es un lugar, sino una nueva forma de ver las cosas"

Henry Miller



viernes, 21 de agosto de 2015

Feria de bodas Yes Wedding


¡Hola de nuevo! ¿Qué tal va el mes de agosto? Yo, aprovechando los últimos días de vacaciones antes de volver a la rutina.

Hoy os traigo una entrada que, pese a que no esté del todo relacionada con la temática de mi blog, no quería dejar de mostraros. 
Se trata de la feria de bodas Yes Wedding que organizan unos amigos palentinos; así que, pensé que sería buena idea ayudarles con la promoción a través de un post en mi blog.




Ya sabéis que mi blog no es un blog de bodas ni de ferias en particular; pero, bien es cierto que, a la hora de organizar una boda, intervienen diferentes empresas dentro del ámbito de la hostelería y el turismo, como son: hoteles, restaurantes, empresas de transportes, agencias de viajes... por lo que la temática no es del todo ajena. 

La feria de bodas Yes Wedding se celebrará el próximo 27 de septiembre de 2015, de 12:00 a 20:00 horas en Trigo, en el Molino de Torquemada (Palencia).
El enclave elegido, para tal ocasión, cuenta con una amplia arbolada y está situado a la orilla del río. 








En esta feria se mostrarán las tendencias del sector y las parejas de novios que se vayan a casar para la nueva temporada de bodas 2016, tendrán una oportunidad única de experimentar las opciones con las que cuentan para el día más importante de sus vidas. 

La feria pretende que, tanto los expositores como las parejas de novios, disfruten de ese día organizando y diseñando bodas, de un modo divertido y original porque esa es la filosofía de la feria. Para ellos se realizarán talleres, charlas, actuaciones en directo y muchas sorpresas, sin olvidar que todas las parejas asistentes participaran en un sorteo final.

Si queréis formar parte de este día o simplemente información, podéis escribir a info@yeswedding.es o visitar su página web.



martes, 21 de julio de 2015

Abierto por vacaciones


¡Hola! ¿Cómo lleváis el verano? 

Ya sé que hace mucho que no actualizo el blog, estos últimos meses he tenido mucho trabajo, pero ¡ya estoy aquí de nuevo con las pilas cargadas!
Precisamente ahora que tengo más tiempo libre intentaré actualizar más a menudo.

En esta primera entrada, después de casi 3 meses sin actualizar, quiero mostraros el Programa de Apertura de Monumentos de Castilla y León que nos propone la Junta para este verano del 2015.



Ahora que nos acompaña el buen tiempo (demasiado estas últimas semanas ;)) y que tenemos más tiempo libre, os propongo visitar alguno de los muchos monumentos con los que cuenta nuestra Comunidad y que además ahora tienen horarios más amplios. 

Castilla y León cuenta con un importante patrimonio histórico-artístico, siendo la comunidad de España con mayor número de declaraciones como Patrimonio Mundial. Sin embargo, los pueblos y ciudades de esta región también atesoran otro patrimonio más recóndito, menos conocido y promocionado y que hoy sale a la luz gracias a los Programas de Apertura de Monumentos. 

La Junta de Castilla y León en colaboración con las Diócesis de la Región y los Patronatos Provinciales de Turismo, te propone para este verano 2015 un total de 16 programas, repartidos por toda la Comunidad y que permitirán tener abiertos, en un horario homogéneo, más de 500 monumentos. 

Programa Abrimos Camino de Santiago Francés

- Del 1 de julio al 12 de septiembre de 2015
- Horario específico de cada monumento en el folleto.



Otros Programas: 

- Del 19 de julio al 31 de agosto de 2015
- Horario de martes a domingo de 11.00 a 14.00 horas y de 17.00 a 20.00 horas. (Salvo indicación) Folleto




A continuación quiero mostraros fotos de alguno de mis viajes por destinos de Castilla y León que participan en estos programas. Espero que os gusten y os animen a visitar alguno de ellos o cualquier otro.


Acueducto y Catedral de Segovia


San Juan de Baños y Ampudia (Palencia)


Museo de los tapices de Oncala, Ermita de San Baudelio y Calatañazor (Soria)


Catedral de Salamanca y La Alberca (Salamanca)


Catedral de El Burgo de Osma y Morón de Almazán (Soria)


Castillo de Ponferrada y Murallas de Ávila



No hay nada como volver a un lugar que no ha cambiado, para darte cuenta cuánto has cambiado tú.

Nelson Mandela



miércoles, 22 de abril de 2015

Soria Reserva de la Biosfera


¡Hola de nuevo!

Quiero aprovechar esta entrada para hablar de la candidatura del municipio de Soria para convertirse en Reserva de la Biosfera. 

Lo primero de todo quiero explicar que son las Reservas de la Biosfera. Las Reservas de la Biosfera son áreas reconocidas internacionalmente por su conciliación entre la naturaleza y el desarrollo económico y social. Es un distintivo concedido por la UNESCO a territorios que ofrecen respuestas a nuevos retos similares en todo el planeta como son: 

- Pérdida de tradiciones
- Pérdida cultural y poblacional
- Aumento del cambio climático
- Preservación de la geo-biodiversidad
- Fomento económico y humano sostenible

Son áreas de encuentro entre las políticas de conservación y desarrollo local. 




¿Por qué el municipio de Soria puede y debe ser reconocido por la Unesco como Reserva de la Biosfera?

  • Porque es un proyecto de ciudad, un proyecto de futuro.
  • Porque será un impulso económico social y cultural.
  • Porque no genera más normativa de la ya existente.
  • Porque posee todos los ingredientes necesarios.
  • Porque se creará con la implicación de la sociedad sin imposición.
  • Porque puede atraer fondos e inversiones.
  • Por su extensión y ubicación privilegiada y exclusiva.
  • Porque será un referente urbano nacional e internacional.
  • Porque ha realizado un gran trabajo en los últimos años.
  • Porque es una oportunidad de desarrollo.

¿Qué ventajas tiene la declaración de Soria como Reserva de la Biosfera?

1- Coloca a Soria en el mapa internacional.
2- Es una oportunidad exclusiva de desarrollo.
3- Se convierte en un impulso económico social y cultural.
4- Incrementa el compromiso, el sentimiento y el orgullo de ser y de vivir en Soria. 


Es un reconocimiento a Soria, a su historia, a su entorno, a su cultura y a sus vecin@s. 

El municipio de Soria, es un lugar idóneo para ser ejemplo de otro modelo de desarrollo económico, ecológico y social de nuestras ciudades, basado principalmente en la compatibilidad de uso del territorio, entre conservación de la naturaleza y desarrollo humano. 




 


Actualmente se está llevando a cabo una campaña de promoción con el eslogan #eligeSoria, un lema que pretende tocar la fibra de los ciudadanos y sentir orgullo de la ciudad.  
Si quieres apoyar la candidatura de Soria, no tienes más que difundir este eslogan y firmar la carta de apoyo que se encuentra en la página web del ayuntamiento de Soria.


Para más información: 




miércoles, 1 de abril de 2015

SEMANA DE LA TAPA TERESIANA EN CASTILLA Y LEÓN. BOCADOS CON ALMA.


En el año del V centenario del nacimiento de Santa Teresa de Jesús, la Junta de Castilla y León nos propone, entre otros actos, una experiencia única. En más de 200 restaurantes y bares de la comunidad se celebrará la Semana de la Tapa Teresiana, donde se podrá disfrutar de auténticos bocados con alma. 




Tapas sencillas, austeras y llenas de sabor. Con la excelencia de los sabores de nuestra tierra y con el saber hacer de una cocina rica en siglos y amiga de los paladares.

En los siguientes enlaces encontrarás los lugares donde disfrutar de las tapas en las nueve provincias de Castilla y León: 



¡Buen provecho!



domingo, 15 de marzo de 2015

Nuevo decreto de apartamentos turísticos en Castilla y León


El pasado 26 de febrero se publicó en el Bocyl el decreto 17/2015, de 26 de febrero, por el que se regulan los establecimientos de alojamiento en la modalidad de apartamentos turísticos en la Comunidad de Castilla y León.


Calle Mayor de Palencia


La Ley 14/2010, de 9 de diciembre, regula en los artículos 36 y 37 los apartamentos turísticos como una modalidad de los establecimientos de alojamiento turístico, contemplando los distintos tipos que los integran: bloques o conjunto de pisos, casas, bungalós, chalés y similares, y establece la existencia de cuatro categorías.

Hasta la fecha no existía una normativa autonómica específica de desarrollo reglamentario de la ordenación de los apartamentos turísticos, siendo de aplicación la normativa estatal vigente.


Plaza Mayor de Salamanca


Con la regulación de los apartamentos turísticos se trata de evitar el intrusismo y la competencia desleal que se produce con la oferta de alojamiento privado no reglado, que, tal y como se hace constar en el vigente Plan Nacional e Integral de Turismo, se ha incrementado en los últimos años, y va en contra de la calidad y de la competitividad de los destinos turísticos.


El portavoz del Ejecutivo autonómico, De Santiago-Juárez, en la rueda de prensa.


El contenido del decreto se estructura en cinco capítulos, con 42 artículos, dos disposiciones adicionales, dos disposiciones transitorias y tres disposiciones finales.

En el capítulo I, referido a las Disposiciones Generales, se regula el objeto y se delimita el ámbito de aplicación.
Se parte del concepto de apartamento turístico que contiene el artículo 36 de la Ley 14/2010, de 9 de diciembre, que lo define como establecimientos constituidos por bloques o conjunto de pisos, casas, bungalós, chalés que ofrezcan alojamiento turístico, y se publiciten como tales, siempre que se ceda su uso con mobiliario, instalaciones, servicios y equipo, en condiciones que permitan su inmediata ocupación, cumpliendo las exigencias que se establezcan en el presente decreto.

Ante la necesidad de preservar la calidad y proteger el sector de los arrendamientos turísticos, y con el objetivo de evitar prácticas abusivas o intrusistas en este modelo de explotación, se excluyen los arrendamientos de vivienda, es decir, el arrendamiento que recae sobre una edificación habitable cuyo destino principal sea satisfacer la necesidad permanente de vivienda del arrendatario de conformidad con la normativa general de arrendamientos urbanos. Así pues, se excluye del ámbito de aplicación de esta norma la cesión del uso de la vivienda como residencia permanente. El carácter temporal del hospedaje y la habitualidad en la práctica de este tipo de alojamiento turístico son requisitos que lo distinguen del arrendamiento de viviendas. Se define la temporalidad como el hospedaje por un plazo inferior a dos meses a un mismo turista.


Las categorías y los distintivos identificadores se regulan también en este Capítulo I. Las cuatro categorías previstas se identifican con llaves, por ser este sistema el de mayor implantación en España, asociando el número de llaves a un determinado nivel de calidad en las instalaciones, equipamientos y servicios de los apartamentos turísticos.




En el capítulo II se regulan los Requisitos que deben cumplir los establecimientos de alojamiento en la modalidad de apartamentos turísticos. Determina detalladamente cuales son los requisitos con los que han de contar las edificaciones y los emplazamientos, concretando su articulado las exigencias para dormitorios, cuartos de baño, cocina, salones y comedores así como cuales son los servicios comunes y complementarios.

El capítulo III regula la categorización, estableciendo cuatro categorías (Lujo, Primera, Segunda y Tercera), señalando los requisitos que deben cumplir las instalaciones, equipamientos y servicios para cada una de estas categorías. También determina la superficie de cada unidad de alojamiento dependiendo de la categoría del establecimiento.

En el capítulo IV dedicado al Régimen de acceso y ejercicio de la actividad de alojamiento en la modalidad de apartamentos turísticos, se establece, entre otros contenidos, el mecanismo de la dispensa de requisitos y la declaración responsable de inicio de la actividad; la actuación administrativa de comprobación, así como las modificaciones, cambios de titularidad y cese de la actividad turística. 

El capítulo V se ocupa del Régimen de funcionamiento de los establecimientos de alojamiento en la modalidad de apartamentos turísticos, recogiendo aspectos relativos a la prestación de servicios, y a las normas concretas de utilización de los servicios de los establecimientos de alojamiento en la modalidad de apartamentos turísticos por los turistas, y estableciendo unas obligaciones para las empresas y unas prohibiciones para los turistas.

El contenido del decreto se completa con dos disposiciones adicionales, dos disposiciones transitorias y tres disposiciones finales.